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NOTA: Es importante mencionar que la información siguiente es un resumen. En todos los casos imperarán las condiciones de la póliza.

Al adquirir tu Seguro Protege Tu Patrimonio (PTP), protegemos:

- La construcción material de tu casa habitación o departamento.

- Los contenidos de tu casa habitación o departamento.

- Los gastos erogados por la remoción de los escombros o demoliciones.

- Los gastos extraordinarios para continuar con tus actividades de vida.

- El robo de contenidos de tu casa habitación.

- El robo de efectivos y valores.

- La rotura de cristales y domos.

- Equipo Electrodoméstico.

- Daños a terceros en sus bienes y personas, derivados de las actividades familiares.

- Reembolso de los gastos funerarios a quien acredite haberlos efectuados.

- Rotura de Maquinaria y Calderas.

Además cuentas con las siguientes coberturas:


DAÑOS AL INMUEBLE
  Se amparan los daños causados a la construcción por incendio, rayo, explosión, huracanes, granizadas, inundaciones, terremoto, o cualquier otro riesgo (ver condiciones particulares).

Deducibles:

- Incendio: Sin deducible.
- Terremoto zona 1 y 2 : 2% de la pérdida con mínimo de $1,000.00 M.N.

- Terremoto zona 3 : 3% de la suma asegurada.

 
- Riesgos Hidrometeorológicos Zona 2 y 3: 1% de la pérdida con mínimo de $1,000.00 M.N. y Coaseguro del 10%

- Riesgos Hidrometeorológicos Zona 1: 10% de la pérdida con mínimo de $1,000.00 M.N. y Coaseguro del 10%


- Jardinería: 2% de la pérdida con mínimo de $1,000.00 M.N.



DAÑOS A LOS CONTENIDOS
  Se amparan los daños a los contenidos del inmueble (muebles, ropa, joyas, alfombras, aparatos electrónicos y eléctricos) causados por incendio, rayo, explosión, huracanes, granizadas, inundaciones, terremoto o cualquier otro riesgo (ver condiciones particulares).

Deducibles:

- Incendio : Sin deducible.
- Terremoto Zona 1 y 2: 2% de la pérdida con mínimo de $1,000.00 M.N.

- Terremoto Zona 3: 3% de la suma asegurada.


- Riesgos Hidrometeorológicos Zona 2 y 3: 1% de la pérdida con mínimo de $1,000.00 y Coaseguro del 10%

- Riesgos Hidrometeorológicos Zona 1: 2% de la suma asegurada del edificio



REMOCIÓN DE ESCOMBROS
  En caso de siniestro (amparado), se cubrirán los gastos necesarios para remover los escombros (ver condiciones particulares, aplican límites).

Deducibles:

- Demoliciones, limpieza o acarreos: Sin deducible.


PÉRDIDAS CONSECUENCIALES
  En caso de siniestro (amparado), se cubrirán los gastos extraordinarios (como la renta temporal de una vivienda, gastos de mudanza, comidas en restaurantes, etc.), necesarios para que usted pueda continuar con sus actividades privadas y familiares normales, hasta que su la vivienda sea reparada (ver condiciones particulares, aplican límites).

Deducibles:

- Renta de casa, casa de huéspedes, hotel, Gastos de mudanza, comidas en restaurantes: Sin deducible.


ROBO DE CONTENIDOS
  Se ampara la pérdida de los contenidos del inmueble (muebles, joyas, obras de arte, aparatos electrónicos, ropa, colecciones, etc.) debido a un robo con violencia y/o asalto (habiendo rastros visibles de violencia) o asalto. También te cubren los daños ocasionados con motivo del robo con violencia, asalto o intento de cualquiera de ambos. (ver condiciones particulares, aplican límites).

Deducibles:

- Robo con violencia física o moral, Asalto, excluyendo hurto, Obras de arte, Joyas, artículos de difícil reposición, etc., Objetos personales, dentro de la ubicación y en tránsito: 10 % sobre la pérdida, con un mínimo de $750.00 M.N.


DINERO Y VALORES
  Se ampara la pérdida de dinero y valores (dinero en efectivo, acciones, cheques, letras de cambio) derivados de un robo con violencia o asalto, dentro o fuera del inmueble. (ver condiciones particulares, aplican límites)

Deducibles:

- Robo con violencia y asalto dentro y fuera de la casa habitación: 10 % sobre la pérdida, con un mínimo de $750.00 M.N.


CRISTALES
  Se cubre el pago o reposición por rotura accidental de cristales, vitrales, canceles, espejos y/o domos de cristal o acrílico. (ver condiciones particulares)

Deducibles:

- Rotura accidental de los cristales (con espesor igual o mayor a 4 mm.), lunas, espejos, cubiertas de muebles, así como domos acrílicos: 5% sobre la pérdida con mínimo de 3 días de salario mínimo vigente en el D.F.


EQUIPO ELECTRÓNICO
  Se amparan los equipos electrónicos (equipos de sonido, Televisiones, reproductores de DVD, etc.), equipos electrodomésticos (lavadoras digitales, hornos de microondas, refrigeradores digitales, etc.) equipo de cómputo (Computadoras Personales, Computadoras Portátiles, iPOD's, PDA's, etc), antenas, equipos de comunicación (teléfonos celulares, radiocomunicadores), contra las pérdidas o daños materiales que ocurren en forma súbita y accidental. (ver condiciones particulares, aplican límites, cobertura con costo adicional).

Deducibles:

- Equipo móvil y robo: 5% del valor del equipo asegurado, con mínimo de $500.00 M.N.

- Hurto: 20% del valor del equipo asegurado, con mínimo de $ 1500.00 M.N.

- Otros riesgos: 5% del valor del equipo asegurado, con mínimo de $ 500.00 M.N.



ROTURA DE MAQUINARIA Y CALDERAS
  Se ampara la(s) maquinaria(s) como refrigeradores, lavadoras, secadoras, hornos, tanques hidroneumáticos, calderas, calentadores de agua, generadores de vapor, elevadores, contra las pérdidas o daños materiales que ocurren en forma súbita y accidental. (ver condiciones particulares, aplican límites)

Deducibles:

- Cobertura de todo riesgo, incluyendo explosión física, móviles, daños a contenidos y tuberías: 1% del valor de reposición del equipo dañado, con mínimo de $ 200.00 M.N.


RESPONSABILIDAD CIVIL FAMILIAR
  Se ampara la responsabilidad civil legar familiar del asegurado como propietario o arrendatario la responsabilidad del asegurado y sus dependientes económicos en viajes de placer, vacaciones, o de estudio dentro y fuera de la República Mexicana, los daños ocasionados en bienes y personas por los dependientes e hijos del asegurado incluyendo el personal doméstico. (ver condiciones particulares, aplican límites)

Deducibles:

- Sin deducible.


GASTOS FUNERARIOS FAMILIAR
  Se cubren los gastos funerarios con límite de hasta $30,000 pesos por persona (asegurado titular de la póliza, su cónyuge, o sus hijos). (ver condiciones particulares, aplican límites, aplican rangos de edad).
Si tienes mas de una ubicación, y tu eres titular en todas ellas conviene sólo contratar esta cobertura sólo para una ubicación. Si en las ubicaciones viven personas diferentes (papás, tíos, etc.) es conveniente indicarlo en la póliza para que sean ellos quienes gocen de los beneficios de esta cobertura. Para mayores informes contactar a Edgar Téllez al Tel. (0155)5246.4209, e-mail: edgar.tellez@adrisa.com.mx

marissa.estela@adrisa.com.mx

Nota: 

Esta cobertura opera por reembolso

Deducibles:

- Sin deducible.



BENEFICIOS ADICIONALES
  De manera complementaria y sin cargo de prima adicional se incluye:

- Prendas de vestir en poder de tintorerías, lavanderías, sastrerías, y talleres para su reparación, hasta un límite de $ 32,000.00 M.N. por evento y $ 8,000.00 M.N. por prenda o su equivalente en dólares americanos.

-Incremento automático del valor de los bienes por inflación, de acuerdo a la registrada por el Banco de México y durante la vigencia de la póliza.

-Para la sección de robo en domicilio, quedan amparados obras de arte, joyas, artículos de difícil reposición, hasta el 15% adicional al límite principal asegurado, con un máximo de $ 25,000 por pieza o juego o la cantidad que resulte menor entre ambos límites. en caso de eventualidad será necesario se compruebe la preexistencia del bien mediante factura, avalúo o fotografía.


¿POR QUÉ ADQUIRIR MI PTP?


En esta sección comentamos las principales razones para adquirir tu póliza.


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En esta sección te asesoramos sobre qué hacer en caso de siniestro. 


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Atención a Clientes: Tel. (0155) 5246-4246
LADA sin costo (01800) 903.1900
e-mail: servicio.cliente@adrisa.com.mx
Actualización: Septiembre 2009


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